Homologación de Estudios no Universitarios realizados en el Extranjero
2.1. HOMOLOGACIÓN DE ESTUDIOS Y TÍTULOS EXTRANJEROS AL TÍTULO DE EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA –ESO-
A continuación, se detallan la documentación necesaria y los pasos que deben seguirse para iniciar el trámite:
1. Documentación necesaria
-Documento de identidad en vigor
-Certificado de notas correspondientes a los cuatro cursos equivalentes a la Educación Secundaria Obligatoria, en los que consten las materias cursadas, las calificaciones obtenidas y los cursos académicos en los que fueron superadas
-En su caso: escrito firmado por la persona interesada delegando en el representante y documento de identidad del representante
-Tablas de homologación por países
Importante: Toda la documentación académica extranjera deberá presentarse debidamente legalizada (Apostilla de La Haya o legalización diplomática, según corresponda) y, cuando proceda, acompañada de traducción oficial al castellano.
2. Legalización de documentos
La documentación académica extranjera deberá encontrarse debidamente legalizada:
- Mediante la Apostilla del Convenio de La Haya, cuando proceda.
- Mediante legalización diplomática, en los países que no formen parte del Convenio de La Haya.
- No necesita legalización los documentos que provienen de la Unión Europea, de un país dentro del Espacio Económico Europeo (Islandia, Noruega y Liechtenstein) ni Suiza por acuerdo bilateral con la UE.
Importante: La legalización debe figurar siempre sobre el documento original.
3. Traducción oficial
Toda la documentación expedida en idioma distinto del castellano deberá ir acompañada de su correspondiente traducción oficial.
La traducción podrá realizarse por:
- Traductor o traductora jurada autorizada en España.
- Representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero.
- Representaciones diplomáticas o consulares en España del país que expidió el documento.
- Traductor o traductora oficial en el extranjero, con la correspondiente legalización de firma cuando resulte exigible.
4. Cumplimentación de la solicitud
Antes de iniciar el trámite es necesario registrarse en la sede electrónica del Ministerio de Educación.
Una vez registrado:
1. Acceda al procedimiento de homologación o convalidación que corresponda.
2. Cumplimente todos los datos solicitados.
3. Indique una dirección de correo electrónico activa, ya que será el medio habitual de comunicación durante la tramitación del expediente.
4. Si desea obtener un justificante que le permita matricularse provisionalmente en estudios o realizar determinadas pruebas, marque la opción de generación del volante de inscripción condicional.
5. Revise los datos introducidos y guarde la solicitud.
6. Acceda al apartado de generación de impresos.
7. Seleccione la documentación que aportará.
8. Genere e imprima la solicitud.
9. Firme la solicitud. En caso de menores de edad, deberá firmarla la persona interesada.
5. Presentación de la documentación
ENLACE A APARTADO REGISTRO.
Información importante
-La presentación de la solicitud no exime de la obligación de aportar la documentación que pueda ser requerida posteriormente.
-Es importante conservar usuario y contraseña para poder consultar a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación el estado de tramitación de su expediente y descargar notificaciones y la credencial correspondiente una vez resuelto.
-Se recomienda conservar copia de toda la documentación presentada.
-No se tramitará ninguna solicitud de homologación de estudios extranjeros a un nivel inferior a Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Como mínimo, se deberá acreditar una escolarización de diez años de estudios.
Para obtener información adicional, consulte la sede electrónica y la página web del Ministerio de Educación o escriba un correo a la siguiente dirección aaie.illesbalears@correo.gob.
2.2. CONVALIDACIÓN DE 1º DE BACHILLER
A continuación, se detallan la documentación necesaria y los pasos que deben seguirse para iniciar el trámite:
1. Documentación necesaria
-Documento de identidad en vigor
-Certificados de notas correspondientes a los tres últimos cursos realizados, en los que consten las materias cursadas, las calificaciones obtenidas y los cursos académicos en los que fueron superadas.
-En su caso: escrito firmado por la persona interesada delegando en el representante y documento de identidad del representante
-Tablas de homologación por países
2. Legalización de documentos
La documentación académica extranjera deberá encontrarse debidamente legalizada:
- Mediante la Apostilla del Convenio de La Haya, cuando proceda.
- Mediante legalización diplomática, en los países que no formen parte del Convenio de La Haya.
- No necesita legalización los documentos que provienen de la Unión Europea, de un país dentro del Espacio Económico Europeo (Islandia, Noruega y Liechtenstein) ni Suiza por acuerdo bilateral con la UE.
Importante: La legalización debe figurar siempre sobre el documento original.
3. Traducción oficial
Toda la documentación expedida en idioma distinto del castellano deberá ir acompañada de su correspondiente traducción oficial.
La traducción podrá realizarse por:
- Traductor o traductora jurada autorizada en España.
- Representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero.
- Representaciones diplomáticas o consulares en España del país que expidió el documento.
- Traductor o traductora oficial en el extranjero, con la correspondiente legalización de firma cuando resulte exigible.
4. Pago de la Tasa
Antes de presentar la solicitud deberá abonarse la Tasa 079 (modelo 790): ingreso para homologaciones, convalidaciones y equivalencias de títulos y estudios extranjeros. Para estudios NO universitarios
a. Deberá seleccionarse el concepto correspondiente al trámite solicitado (homologación, convalidación o equivalencia) y efectuar el pago en una entidad bancaria colaboradora.
b. Debe presentarse el resguardo del impreso para la administración del modelo de tasa 790 y el justificante de pago al banco.
5. Cumplimentación de la solicitud
Antes de iniciar el trámite es necesario registrarse en la sede electrónica del Ministerio de Educación.
Una vez registrado:
1. Acceda al procedimiento de homologación o convalidación que corresponda.
2. Cumplimente todos los datos solicitados.
3. Indique una dirección de correo electrónico activa, ya que será el medio habitual de comunicación durante la tramitación del expediente.
4. Si desea obtener un justificante que le permita matricularse provisionalmente en estudios o realizar determinadas pruebas, marque la opción de generación del volante de inscripción condicional.
5. Revise los datos introducidos y guarde la solicitud.
6. Acceda al apartado de generación de impresos.
7. Seleccione la documentación que aportará.
8. Genere e imprima la solicitud.
9. Firme la solicitud. En caso de menores de edad, deberá firmarla la persona interesada.
6. Presentación de la documentación
Una vez preparada toda la documentación, tiene que pedir cita previa y presentar todos los originales a través de un registro oficial. Para registro en la Delegación del Gobierno en las Islas Baleares, puede acudir:
En Mallorca: Calle Constitución núm. 4. –junto a Central de Correos-
En Menorca: Registro de la Dirección Insular en la Plaza Miranda, núm. 22.
En Eivissa: Registro de la Dirección Insular en la Casa del Mar. Paseo Juan Carlos I, 11.
Información importante
-La presentación de la solicitud no exime de la obligación de aportar la documentación que pueda ser requerida posteriormente.
-Es importante conservar usuario y contraseña para poder consultar a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación el estado de tramitación de su expediente y descargar notificaciones y la credencial correspondiente una vez resuelto.
-Se recomienda conservar copia de toda la documentación presentada.
-No se tramitará ninguna solicitud de homologación de estudios extranjeros a un nivel inferior a Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Como mínimo, se deberá acreditar una escolarización de diez años de estudios.
Para obtener información adicional, consulte la sede electrónica y la página web del Ministerio de Educación o escriba un correo a la siguiente dirección aaie.illesbalears@correo.gob.
2.3. HOMOLOGACIÓN AL TÍTULO DE BACHILLER
A continuación, se detallan la documentación necesaria y los pasos que deben seguirse para iniciar el trámite:
1. Documentación necesaria
-Documento de identidad en vigor
-Certificados de notas correspondientes a los tres últimos cursos realizados, en los que consten las materias cursadas, las calificaciones obtenidas y los cursos académicos en los que fueron superadas.
-El título, diploma o certificado final de estudios que dé acceso a la homologación solicitada.
-En su caso: escrito firmado por la persona interesada delegando en el representante y documento de identidad del representante
-Tablas de homologación por países
2. Legalización de documentos
La documentación académica extranjera deberá encontrarse debidamente legalizada:
- Mediante la Apostilla del Convenio de La Haya, cuando proceda.
- Mediante legalización diplomática, en los países que no formen parte del Convenio de La Haya.
- No necesita legalización los documentos que provienen de la Unión Europea, de un país dentro del Espacio Económico Europeo (Islandia, Noruega y Liechtenstein) ni Suiza por acuerdo bilateral con la UE.
Importante: La legalización debe figurar siempre sobre el documento original.
3. Traducción oficial
Toda la documentación expedida en idioma distinto del castellano deberá ir acompañada de su correspondiente traducción oficial.
La traducción podrá realizarse por:
- Traductor o traductora jurada autorizada en España.
- Representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero.
- Representaciones diplomáticas o consulares en España del país que expidió el documento.
- Traductor o traductora oficial en el extranjero, con la correspondiente legalización de firma cuando resulte exigible.
4. Pago de la Tasa
Antes de presentar la solicitud deberá abonarse la Tasa 079 (modelo 790): ingreso para homologaciones, convalidaciones y equivalencias de títulos y estudios extranjeros. Para estudios NO universitarios
a. Deberá seleccionarse el concepto correspondiente al trámite solicitado (homologación, convalidación o equivalencia) y efectuar el pago en una entidad bancaria colaboradora.
b. Debe presentarse el resguardo del impreso para la administración del modelo de tasa 790 y el justificante de pago al banco.
5. Cumplimentación de la solicitud
Antes de iniciar el trámite es necesario registrarse en la sede electrónica del Ministerio de Educación.
Una vez registrado:
1. Acceda al procedimiento de homologación o convalidación que corresponda.
2. Cumplimente todos los datos solicitados.
3. Indique una dirección de correo electrónico activa, ya que será el medio habitual de comunicación durante la tramitación del expediente.
4. Si desea obtener un justificante que le permita matricularse provisionalmente en estudios o realizar determinadas pruebas, marque la opción de generación del volante de inscripción condicional.
5. Revise los datos introducidos y guarde la solicitud.
6. Acceda al apartado de generación de impresos.
7. Seleccione la documentación que aportará.
8. Genere e imprima la solicitud.
9. Firme la solicitud. En caso de menores de edad, deberá firmarla la persona interesada.
6. Presentación de la documentación
Una vez preparada toda la documentación, tiene que pedir cita previa y presentar todos los originales a través de un registro oficial. Para registro en la Delegación del Gobierno en las Islas Baleares, puede acudir:
En Mallorca: Calle Constitución núm. 4. –junto a Central de Correos-
En Menorca: Registro de la Dirección Insular en la Plaza Miranda, núm. 22.
En Eivissa: Registro de la Dirección Insular en la Casa del Mar. Paseo Juan Carlos I, 11.
Información importante
-La presentación de la solicitud no exime de la obligación de aportar la documentación que pueda ser requerida posteriormente.
-Es importante conservar usuario y contraseña para poder consultar a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación el estado de tramitación de su expediente y descargar notificaciones y la credencial correspondiente una vez resuelto.
-Se recomienda conservar copia de toda la documentación presentada.
-No se tramitará ninguna solicitud de homologación de estudios extranjeros a un nivel inferior a Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Como mínimo, se deberá acreditar una escolarización de diez años de estudios.
Para obtener información adicional, consulte la sede electrónica y la página web del Ministerio de Educación o escriba un correo a la siguiente dirección aaie.illesbalears@correo.gob.
2.4. HOMOLOGACIÓN DE TÍTULOS Y ESTUDIOS EXTRANJEROS NO UNIVERSITARIOS (FORMACIÓN PROFESIONAL)
A continuación, se detallan la documentación necesaria y los pasos que deben seguirse para iniciar el trámite:
1. Documentación
-Documento de identidad en vigor
-Certificado de notas de todos los cursos de esta titulación (en el que consten todas las materias cursadas y las calificaciones obtenidas)
-Original y fotocopia del título
DOCUMENTACIÓN ADICIONAL RECOMENDABLE
-Certificación que acredite las prácticas pre-profesionales. No requiere legalización.
-Certificación que acredite la formación complementaria directamente relacionada con la formación que quiere homologar. No requiere legalización.
-Certificados de experiencia laboral directamente relacionada con los estudios que quiere homologar, con indicación de la duración del contrato y descripción de las funciones desempeñadas. No requiere legalización.
2. Legalización de documentos
La documentación académica extranjera deberá encontrarse debidamente legalizada:
- Mediante la Apostilla del Convenio de La Haya, cuando proceda.
- Mediante legalización diplomática, en los países que no formen parte del Convenio de La Haya.
- No necesita legalización los documentos que provienen de la Unión Europea, de un país dentro del Espacio Económico Europeo (Islandia, Noruega y Liechtenstein) ni Suiza por acuerdo bilateral con la UE.
Importante: La legalización debe figurar siempre sobre el documento original.
3. Traducción oficial
Toda la documentación expedida en idioma distinto del castellano deberá ir acompañada de su correspondiente traducción oficial.
La traducción podrá realizarse por:
- Traductor o traductora jurada autorizada en España.
- Representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero.
- Representaciones diplomáticas o consulares en España del país que expidió el documento.
- Traductor o traductora oficial en el extranjero, con la correspondiente legalización de firma cuando resulte exigible.
4. Pago de la Tasa
Antes de presentar la solicitud deberá abonarse la Tasa 079 (modelo 790): ingreso para homologaciones, convalidaciones y equivalencias de títulos y estudios extranjeros. Para estudios NO universitarios
a. Deberá seleccionarse el concepto correspondiente al trámite solicitado (homologación, convalidación o equivalencia) y efectuar el pago en una entidad bancaria colaboradora.
b. Debe presentarse el resguardo del impreso para la administración del modelo de tasa 790 y el justificante de pago al banco.
5. Cumplimentación de la solicitud
Antes de iniciar el trámite es necesario registrarse en la sede electrónica del Ministerio de Educación.
Una vez registrado:
1. Ir a "Homologación y convalidación de títulos y estudios extranjeros no universitarios de Formación Profesional", Acceso al trámite.
Es importante que el correo electrónico que indique lo tenga en activo. El Ministerio le comunicará la resolución del expediente al correo electrónico indicado. Revise las carpetas de correo no deseado o spam.
2. Para rellenar el apartado Datos Solicitud puede consultar la web del Ministerio de Educación y Formación Profesional
3. Una vez cumplimentada la solicitud, deberá pulsar el botón Grabar Solicitud. Posteriormente podrá adjuntar la documentación especificada y registrada su solicitud.
4. Si no desea realizar cambio puede adjuntar la documentación especificada y registrar electrónicamente la solicitud o presentarla en un registro. Pulsar Documentos y Generación de Impresos.
5. Imprimir solicitud.
6. Presentación de la documentación
Una vez preparada toda la documentación, tiene que pedir cita previa y presentar todos los originales a través de un registro oficial. Para registro en la Delegación del Gobierno en las Islas Baleares, puede acudir:
En Mallorca: Calle Constitución núm. 4. –junto a Central de Correos-
En Menorca: Registro de la Dirección Insular en la Plaza Miranda, núm. 22.
En Eivissa: Registro de la Dirección Insular en la Casa del Mar. Paseo Juan Carlos I, 11.
Información importante
-La presentación de la solicitud no exime de la obligación de aportar la documentación que pueda ser requerida posteriormente.
-Es importante conservar usuario y contraseña para poder consultar a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación el estado de tramitación de su expediente y descargar notificaciones y la credencial correspondiente una vez resuelto.
-Se recomienda conservar copia de toda la documentación presentada.
-No se tramitará ninguna solicitud de homologación de estudios extranjeros a un nivel inferior a Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Como mínimo, se deberá acreditar una escolarización de diez años de estudios.
Para obtener información adicional, consulte la sede electrónica y la página web del Ministerio de Educación o escriba un correo a la siguiente dirección aaie.illesbalears@correo.gob.
2.5. HOMOLOGACIÓN EN EL ÁMBITO DE LAS ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS
1. La homologación es el procedimiento mediante el cual el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (MEFPD) reconoce oficialmente un título extranjero como equivalente a uno de los títulos del sistema educativo español.
2. En el ámbito de las enseñanzas artísticas, esto permite a estudiantes y profesionales formados en el extranjero ejercer, continuar estudios o acceder a convocatorias públicas en igualdad de condiciones que quienes poseen títulos nacionales.
4. ¿QUÉ TÍTULOS PUEDEN SOLICITARSE?
ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS PROFESIONALES |
ENSEÑANZAS ARTÍSTICAS SUPERIORES |
· Título Profesional de Música, en la especialidad correspondiente · Título Profesional de Danza, en la especialidad correspondiente · Título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño, en la especialidad correspondiente · Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño, en la especialidad correspondiente
|
· Título de Grado en Enseñanzas Artísticas de Música, en la especialidad correspondiente · Título de Grado en Enseñanzas Artísticas de Danza, en la especialidad correspondiente · Título de Grado en Enseñanzas Artísticas de Arte Dramático, en la especialidad correspondiente · Título de Grado en Enseñanzas Artísticas de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, en la especialidad correspondiente · Título de Grado en Enseñanzas Artísticas de Artes Plásticas, en la especialidad de Cerámica o en la especialidad de Vidrio · Título de Grado en Enseñanzas Artísticas de Diseño, en la especialidad correspondiente · Títulos de Máster en Enseñanzas Artísticas homologados por este Ministerio |
Documentación
DOCUMENTACION OBLIGATORIA |
DOCUMENTACION ADICIONAL QUE PUEDE SOLICITARSE |
· Modelo de solicitud que podrás descargar cuando te registres en sede electrónica y rellenes los datos. · Título o diploma obtenido. · Certificación académica con créditos u horas y calificaciones obtenidas. · Justificante de pago de la tasa correspondiente. |
· Estudios previos realizados · Programas descriptivos de las materias cursadas · Certificado donde se indique la carga lectiva total del título · Estudios a los que da acceso la titulación obtenida. |
Legalización de documentos
La documentación académica extranjera deberá encontrarse debidamente legalizada:
- Mediante la Apostilla del Convenio de La Haya, cuando proceda.
- Mediante legalización diplomática, en los países que no formen parte del Convenio de La Haya.
- No necesita legalización los documentos que provienen de la Unión Europea, de un país dentro del Espacio Económico Europeo (Islandia, Noruega y Liechtenstein) ni Suiza por acuerdo bilateral con la UE.
Importante: La legalización debe figurar siempre sobre el documento original.
Traducción oficial
Toda la documentación expedida en idioma distinto del castellano deberá ir acompañada de su correspondiente traducción oficial.
La traducción podrá realizarse por:
- Traductor o traductora jurada autorizada en España.
- Representaciones diplomáticas o consulares de España en el extranjero.
- Representaciones diplomáticas o consulares en España del país que expidió el documento.
- Traductor o traductora oficial en el extranjero, con la correspondiente legalización de firma cuando resulte exigible
Pago de la tasa
Antes de presentar la solicitud deberá abonarse la Tasa 079 (modelo 790): ingreso para homologaciones, convalidaciones y equivalencias de títulos y estudios extranjeros. Para estudios NO universitarios
a. Deberá seleccionarse el concepto correspondiente al trámite solicitado (homologación, convalidación o equivalencia) y efectuar el pago en una entidad bancaria colaboradora.
b. Debe presentarse el resguardo del impreso para la administración del modelo de tasa 790 y el justificante de pago al banco.
La tasa varía dependiendo del nivel académico solicitado:
- 49,76€ para Enseñanzas Artísticas Profesionales
- 166,50€ para Enseñanzas Artísticas Superiores
El pago es único para todo el procedimiento.
Desde fuera de España: transferencia bancaria.
Cumplimentación de la solicitud
Debe realizar su solicitud y para ello debe registrarse en la sede electrónica del Ministerio de Educación.
Una vez registrado:
- Acceda al procedimiento de homologación o convalidación que corresponda.
- Cumplimente todos los datos solicitados.
- Indique una dirección de correo electrónico activa, ya que será el medio habitual de comunicación durante la tramitación del expediente.
- Si desea obtener un justificante que le permita matricularse provisionalmente en estudios o realizar determinadas pruebas, marque la opción de generación del volante de inscripción condicional.
- Revise los datos introducidos y guarde la solicitud.
- Acceda al apartado de generación de impresos.
- Seleccione la documentación que aportará.
- Genere e imprima la solicitud.
- Firme la solicitud. En caso de menores de edad, deberá firmarla la persona interesada.
Presentación de la documentación
Una vez preparada toda la documentación, tiene que pedir cita previa y presentar todos los originales a través de un registro oficial. Para registro en la Delegación del Gobierno en las Islas Baleares, puede acudir:
En Mallorca: Calle Constitución núm. 4. –junto a Central de Correos-
En Menorca: Registro de la Dirección Insular en la Plaza Miranda, núm. 22.
En Eivissa: Registro de la Dirección Insular en la Casa del Mar. Paseo Juan Carlos I, 11.
Información importante
- La presentación de la solicitud no exime de la obligación de aportar la documentación que pueda ser requerida posteriormente.
- Es importante conservar usuario y contraseña para poder consultar a través de la sede electrónica del Ministerio de Educación el estado de tramitación de su expediente y descargar notificaciones y la credencial correspondiente una vez resuelto.
- Se recomienda conservar copia de toda la documentación presentada.
- No se tramitará ninguna solicitud de homologación de estudios extranjeros a un nivel inferior a Graduado en Educación Secundaria Obligatoria. Como mínimo, se deberá acreditar una escolarización de diez años de estudios.
Para obtener información adicional, consulte la sede electrónica y la página web del Ministerio de Educación o escriba un correo a la siguiente dirección aaie.illesbalears@correo.gob.