Novedad: reconocimiento e indemnizaciones a víctimas por la defensa de la democracia
Se habilita el procedimiento para el reconocimiento e indemnización a personas fallecidas o con lesiones incapacitantes por su actividad en defensa y reivindicación de la democracia, conforme al Real Decreto-ley 6/2026, de 3 de marzo.
Las solicitudes se tramitarán conforme al procedimiento previsto en el Real Decreto 1803/2008, adaptado a la nueva regulación.
Más información en el micrositio Reconocimiento e indemnizaciones a víctimas por la defensa de la democracia
Reparación y reconocimiento a víctimas
Procedimiento para obtener la Declaración de Reconocimiento y Reparación Personal, prevista en el artículo 6 de la Ley de 20/2022, de Memoria Democrática (LMD).
Concesión de nacionalidad
Existen dos supuestos:
- Adquisición de la nacionalidad española, conforme a la disposición adicional octava de la LMD.
- Concesión nacionalidad española a voluntarios de Brigadas Internacionales
Prestaciones e indemnizaciones derivadas de la Guerra de España
- Prestaciones derivadas de la Guerra de España (1936-1939) son competencia del Ministerio del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones y se dirigen a los siguientes colectivos:
Mutilados excombatientes
Fuerzas e Institutos Armados de la República
- Para más información sobre prestaciones ya reconocidas, mejoras de derechos, ayudas e indemnizaciones reguladas por la Ley 52/2007, de memoria histórica, pueden consultarse la página web Pensiones de la legislación especial derivada de la Guerra Civil.
- Pensiones para "Niños de la Guerra". Apartado específico sobre las pensiones dirigidas a las personas reconocidas como "Niños de la Guerra".