INTRODUCCIÓN A LA MEMORIA DEMOCRÁTICA
La Constitución Española de 1978 se fundamentó en un amplio compromiso social y político para la superación de las graves y profundas heridas que había sufrido la sociedad española durante la Guerra Civil y los cuarenta años de Dictadura del General Franco. De esta manera, la recuperación de las libertades y del Estado de Derecho asumía el legado democrático que varias generaciones de españoles habían forjado con el objetivo común de alcanzar y garantizar la convivencia democrática, dentro del respeto al pluralismo de la sociedad española, y conseguir un orden económico y social más justo.
Desde entonces, múltiples iniciativas políticas, legales, sociales y culturales han venido a reparar y restañar esas brechas para evitar la división entre los ciudadanos y fomentar la cohesión y solidaridad entre las diversas generaciones de españoles en torno a los valores superiores de nuestro ordenamiento jurídico, los principios constitucionales y los derechos y libertades fundamentales
La articulación de políticas públicas que den cumplimiento a los principios de Verdad, Justicia, Reparación y garantías de no repetición son esenciales en la construcción de una memoria democrática compartida que, no solo supere las heridas causadas, sino que además sirva de sólido fundamento a una verdadera cultura democrática.
Un punto de inflexión decisivo al reconocimiento de la memoria histórica lo encontramos con la aprobación de la Ley 52/2007, de 26 de diciembre, por la que se reconocen y amplían derechos y se establecen medidas a favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura, conocida popularmente como "Ley de Memoria Histórica", aprobada con un amplio consenso.
Tras quince años de vigencia, se habían detectado cuestiones que necesitaban ser revisadas y algunos déficits que debían ser resueltos para cubrir los objetivos ya previstos entonces. Además, habían surgido elementos nuevos que debían ser incorporados, como las recomendaciones de distintos organismos internacionales de derechos humanos, destacadamente los informes en 2014 del relator de Naciones Unidad Pablo de Greiff y del Grupo de Trabajo de Desapariciones Forzadas e Involuntarias, los avances de las leyes y disposiciones de las Comunidades Autónomas y nuevas demandas del movimiento memorialista o derivadas de iniciativas parlamentarias por los grupos políticos en el Congreso y Senado.
A ello responde la aprobación de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática que tiene un doble objetivo. Por un lado, pretende fomentar el conocimiento de las etapas democráticas de nuestra historia y de todas aquellas figuras individuales y movimientos colectivos que, con grandes sacrificios, fueron construyendo progresivamente los nexos de cultura democrática que permitieron llegar a los acuerdos de la Constitución de 1978, y al actual Estado Social y Democrático de Derecho para defender los derechos de los españoles, sus nacionalidades y regiones. Por otro lado, persigue preservar y mantener la memoria de las víctimas de la Guerra y la dictadura franquista, a través del conocimiento de la verdad, como un derecho de las víctimas, el establecimiento de la justicia y fomento de la reparación y el establecimiento de un deber de memoria de los poderes públicos, para evitar la repetición de cualquier forma de violencia política o totalitarismo.
Con esta ley, sustentada en los grandes principios del Derecho Internacional Humanitario, Verdad, Justicia, Reparación y Deber de memoria como garantía de no repetición, se pretende, en suma, cerrar una deuda de la democracia española con su pasado y fomentar un discurso común basado en la defensa de la paz, el pluralismo y la condena de toda forma de totalitarismo político que ponga en riesgo el efectivo disfrute de los derechos y libertades inherentes a la dignidad humana. Y, en esta medida, es también un compromiso con el futuro, defendiendo la democracia y los derechos fundamentales como paradigma común y horizonte imborrable de nuestra vida pública, convivencia y conciencia ciudadana.
En la actualidad, el Real Decreto 273/2024, de 19 de marzo, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, dispone que corresponde a la Secretaría de Estado de Memoria Democrática el impulso, dirección y gestión de la política del Gobierno en lo referente a la conservación, defensa, fomento y divulgación de la Memoria Democrática en virtud de los principios de verdad, justicia, reparación y garantía de no repetición, así como el desarrollo de su normativa de aplicación. De la Secretaría de Estado de Memoria Democrática dependen la Dirección General de Atención a la Víctimas y la Dirección General de Promoción de la Memoria Democrática.
Estos órganos están concebidos para dar respuesta e impulso a las iniciativas relacionadas con la Ley de Memoria Democrática y proporcionar el debido apoyo institucional al cumplimiento de los objetivos contemplados en la misma.
Siendo la memoria el ejercicio de reconstrucción del pasado en el momento presente, ha de entenderse como un derecho; un derecho de la ciudadanía. Para ello, el objetivo fundamental de toda política de memoria y de este portal web en particular es crear condiciones de pedagogía social que se constituyan en garantías de no repetición"
A través de este sitio web que ponemos a disposición del ciudadano, se podrán consultar una serie de recursos dirigidos a fomentar esas condiciones de pedagogía social, así como atender las peticiones de información y reparación de las víctimas y sus familiares. Igualmente, se podrá acceder a otros materiales dedicados a cultivar y sostener la profunda tradición democrática de nuestro país.