- a) Servir de punto de enlace en materia de política lingüística entre la Administración General del Estado y los órganos competentes de las comunidades autónomas.
- b) Analizar las actuaciones de los distintos departamentos ministeriales de la Administración General del Estado, y de los organismos y entidades públicos vinculados o dependientes de ellos, en relación con la utilización de las lenguas oficiales en garantía de los derechos lingüísticos de la ciudadanía.
- c) Proponer directrices y criterios de carácter general que faciliten la coordinación de los órganos de la Administración General del Estado.
- d) Proponer al Consejo de Ministros, a través del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática, la aprobación de las propuestas, las medidas organizativas, los planes de actuación o los objetivos a cumplir, tanto de forma general por la Administración General del Estado y los organismos y entidades públicos vinculados o dependientes de ella, como en cada uno de los ámbitos específicos de actuación de estos en relación con el reconocimiento y uso de las lenguas oficiales, garantizando la accesibilidad y fomentando el desarrollo e integración de soluciones digitales
- e) En el ámbito de producción normativa en materia de lenguas oficiales, informar las propuestas normativas que sean tramitadas por cualquiera de los departamentos ministeriales y organismos públicos dependientes de la Administración General del Estado y facilitar la información necesaria para que las comunidades autónomas tengan conocimiento de iniciativas normativas con incidencia en materia de lenguas oficiales en el ámbito de la Administración General del Estado.
- f) Servir de foro de debate en el que las distintas Administraciones con competencias en materia de lenguas oficiales puedan proponer cuestiones relativas a este ámbito y en concreto, el impulso y seguimiento de la Carta Europea de las Lenguas Regionales o Minoritarias del Consejo de Europa, así como servir de foro de estudio de la situación de las distintas modalidades lingüísticas de España como patrimonio cultural.
- g) Promover la difusión en la sociedad española de los valores del plurilingüismo y reforzar la implantación de medidas que coadyuven a tal fin.
- h) Examinar las observaciones que puedan realizar las comunidades autónomas acerca de la implementación práctica de la legislación vigente en materia de utilización de las lenguas oficiales en la Administración General del Estado, para prever, identificar y evaluar los posibles impactos sobre la realidad lingüística.