Determinación sede de la AESP
El Consejo de Ministros ha aprobado el Acuerdo por el que se inicia el procedimiento para la determinación de la sede física de la Agencia Estatal de Salud Pública.
La Agencia tiene por objeto reforzar las capacidades del Estado para mejorar la salud de la población, la equidad en salud y su bienestar, y proteger a la población frente a riesgos y amenazas sanitarias.
La Agencia Estatal de Salud Pública ha sido creada mediante la Ley 7/2025, de 28 de julio, por la que se crea la Agencia Estatal de Salud Pública y se modifica la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, dándole naturaleza jurídica de agencia estatal y cuyo objeto es reforzar las capacidades del Estado para mejorar la salud de la población, la equidad en salud y su bienestar y proteger a la población frente a riesgos y amenazas sanitarias.
Para ello la Agencia tiene los siguientes fines: la vigilancia en salud pública, la evaluación y comunicación de los riesgos para la salud y las actividades de planificación de la preparación y respuesta ante crisis y emergencias sanitarias, que constituyen los tres fines nucleares de la agencia. Asimismo, se incluye la finalidad de dar soporte a las Administraciones públicas para el ejercicio de sus competencias de salud pública, mediante el refuerzo de la coordinación; el asesoramiento técnico-científico; la evaluación y seguimiento del resultado en salud de las políticas sanitarias; la participación en la elaboración de intervenciones en materia de salud pública; el impulso de la capacitación, investigación e innovación en salud pública; así como el refuerzo de la cooperación entre todos los actores que desarrollen funciones en materia de salud pública.
De acuerdo con el artículo 6.1 del Real Decreto 209/2022, “el Consejo de Ministros podrá acordar de manera motivada el inicio del procedimiento con carácter previo a la creación de la entidad”. En aplicación de esta previsión, el Consejo de Ministros, en su reunión celebrada el 18 de noviembre de 2025, acordó iniciar el procedimiento para la determinación de la sede física de la Agencia con carácter previo a su creación y mediante la tramitación de urgencia, pues la Ley 7/2025, de 28 de julio, ha impuesto el plazo seis meses para que el Gobierno apruebe el Estatuto de la Agencia y debido a las razones de interés para la salud pública, es necesario que la sede quede fijada lo antes posible, con objeto de contribuir al reforzamiento de las capacidades del Estado para hacer frente a futuras emergencias sanitarias.
Los criterios que informarán la elección de esta sede se determinarán atendiendo a los principios recogidos en el artículo 103.1 de la Constitución Española, a los fijados en el artículo 3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, así como al de vertebración territorial, adecuación al sector de actividad y a las características de la entidad.
Asimismo, y conforme a lo establecido en los artículos 3.2.b) y 6.2 del citado Real Decreto 209/2022, una vez que el Consejo de Ministros acordó el Acuerdo de inicio de procedimiento para la fijación de la sede física de la futura Agencia Estatal de Salud Pública en su reunión celebrada el 18 de noviembre de 2025, la Comisión consultiva para la determinación de las sedes de las entidades pertenecientes al sector público institucional estatal adoptó, en su reunión del 9 de diciembre de 2025, el informe con la relación de criterios que se tendrán en cuenta para determinar la ubicación de la agencia.