La Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) ha iniciado este mes de enero el proceso de regularización de las cuotas de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, correspondientes al año 2024.
De acuerdo al Real Decreto-ley 13/2022, de 26 de julio, se establece un sistema de cotización para las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas en función de sus rendimientos netos anuales obtenidos en el ejercicio, de acuerdo a los principios de justicia contributiva, equidad progresiva y sostenibilidad.
La TGSS comprueba que las bases de cotización que eligió la persona trabajadora por cuenta propia o autónoma durante el año regularizado se ajustan a los rendimientos netos que obtuvieron. La información de los rendimientos netos es proporcionada por las Administraciones Tributarias (AEAT y Haciendas Forales). Este proceso de regularización lo realiza la TGSS de forma automática y la persona trabajadora por cuenta propia o autónoma recibirá una resolución con el resultado, sin ser necesario que presente una solicitud.
La TGSS está notificando a través del servicio de notificaciones telemáticas de la Seguridad Social y del portal de Dirección Electrónica Habilitada única (DEHú) la regularización anual de cuotas y por ello, insiste en que es importante que mantengan actualizado su correo electrónico para recibir el aviso, en el momento de la puesta a disposición de la notificación.
Asimismo, la Tesorería recomienda que las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas confirmen que están actualizados sus datos personales para favorecer la comunicación como interesados. De este modo, aconseja revisar el número de teléfono móvil facilitado para acceder vía sms a Importass - portal digital y aplicación móvil de la TGSS diseñado para que la ciudadanía pueda realizar trámites, consultar información personalizada (vida laboral, datos de contacto, situación) y gestionar sus gestiones con la Seguridad Social de forma fácil, ágil y desde cualquier dispositivo, sin necesidad de ir a una oficina física- y a la sede electrónica de la Tesorería.
También es importante que se mantengan actualizados los datos bancarios para que, en el caso de que el resultado de la regularización sea diferencia a su favor, se pueda practicar la devolución antes de 30 de abril en su cuenta bancaria.
Notificaciones recibidas desde la Tesorería
El contenido de la notificación que la TGSS está remitiendo puede ser:
- Un trámite de audiencia para aquellas personas trabajadoras autónomas que estuvieran dadas de alta a 31 de diciembre de 2022 y hubieran cotizado por una base superior a la que les corresponde según sus rendimientos, pudiendo optar por mantener una base superior.
- La resolución de la regularización de cuotas.
En ambos casos, una vez leída la notificación, o transcurrido el plazo de 10 días naturales desde su emisión, la persona trabajadora por cuenta propia o autónoma podrá acceder al servicio de regularización anual de cuotas.
Notificación de trámite de audiencia
En el supuesto de que el trabajador por cuenta propia haya recibido una notificación de trámite de audiencia porque desde el 31 de diciembre de 2022 estaba dado de alta y ha cotizado por una base superior a la que le correspondería por sus rendimientos, puede optar por mantener esa base a través del servicio de regularización, hasta el último día del mes siguiente a la notificación. Hasta la finalización de este plazo, puede anular la solicitud. Si opta por mantener una base superior, sus prestaciones serán de mayor cuantía.
Transcurrido el plazo anterior, si no ha optado por mantener una base superior, la TGSS ajustará automáticamente su base de cotización a los rendimientos netos para 2024.
En ambos casos, la Tesorería le enviará una segunda notificación con el resultado de la regularización, informando a la persona interesada de las bases de cotización definitivas.
La resolución de la regularización de cuotas
Asimismo, el resultado para la regularización de las cuotas puede ser:
- A devolver: Diferencias de cotización a favor. La Tesorería devolverá automáticamente el importe que se especifica en la resolución en la cuenta bancaria especificada, antes del 30 de abril. Es importante mantener los datos bancarios actualizados.
- A ingresar: Diferencias en la cotización, que requieren un ingreso por parte de la persona trabajadora por cuenta propia o autónoma del importe que se especifica antes de la fecha indicada en la resolución. Si no realiza el ingreso en plazo, se aplicará un recargo del 10% o 20%, según las circunstancias.
- Sin diferencias: No se han detectado diferencias en la cotización y, por tanto, no se debe ingresar ni recibir devolución de las cuotas.