Bien: Mina de la Camocha
- Código de identificación:
- ASTU-2
- Fecha de declaración:
- Comunidad autónoma:
- Asturias (Principado de)
- Provincia:
- Asturias
- Localidad:
- La Camocha
- Administración que procedió a la declaración:
- Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática
Ubicación:
Lat: 43.485289, Long: -5.666755
En esta línea, uno de los ejes centrales del nuevo sistema político fue la creación del Sindicato Vertical, a imitación del modelo fascista italiano. Dicho organismo tenía como objetivo principal la supresión de la libre organización de los trabajadores y se convirtió en un elemento fundamental para el sostenimiento de la dictadura. Al mismo tiempo, los verdaderos sindicatos fueron ilegalizados y la huelga fue incluida entre los delitos de sedición. Sin embargo, todo ello no fue suficiente para impedir que las precarias condiciones laborales, el hambre y la inflación desembocasen en movilizaciones y en la sucesión de paros y de huelgas.
Dentro del proceso de industrialización asturiano, en el territorio central de Asturias fueron gestándose dos áreas funcionales bien diferenciadas. Por un lado, la cuenca hullera central, donde diversas explotaciones mineras fueron conformando unos paisajes y sociedad únicos, a la par que la siderurgia iría asentándose en ese territorio para aprovechar la cercanía del combustible. Por otro lado, se generaron los espacios portuarios, tanto para la exportación del carbón como para la importación de hierro, todo ello comunicado por una importante red ferroviaria.
Es en este contexto cuando empiezan a surgir las comisiones obreras y las movilizaciones de los trabajadores, sobre todo a raíz de la gran subida de la inflación y la pírrica subida de los salarios. En la década de 1950 comienzan a surgir comisiones de trabajadores en diversas empresas, industrias y minas ligadas a problemas concretos. Por lo tanto, estas tenían un carácter efímero, desapareciendo una vez se lograba o reprimía la reivindicación. Los mineros de La Camocha fueron muy receptivos a estas acciones. Entre 1955 y 1956, canalizaron sus demandas laborales a través de una comisión que adquirió cohesión y representatividad hasta imponerse como interlocutora durante la huelga de enero de 1957 que duró nueve días. Dicha comisión, tuvo unas características que la diferenciaron de los grupos de acción puntual que habían surgido hasta ese momento. Esto es así debido a que asumieron reivindicaciones globales, más allá de peticiones puntuales, y utilizaron los recursos y escasos resquicios legales de los que disponían para imponer su representatividad y negociar al margen del Sindicato Vertical. Las negociaciones de la huelga de 1957 resultaron en una victoria para los trabajadores, convirtiéndose así en un modelo a imitar. Por este motivo, la comisión de La Camocha puede ser considerada el germen fundacional de las Comisiones Obreras.
Durante los meses consecutivos a esta huelga, surgieron nuevos grupos y protestas colectivas que fueron contestadas con una fuerte represión policial. En 1958 una huelga en diversas explotaciones fue reprimida mediante la declaración del Estado de Excepción en Asturias. Además, se produjo el destierro, destitución y despido de centeneras de trabajadores. Esto no impidió que se crearan nuevas comisiones que organizarían la gran huelga de abril y mayo de 1962. Dicha movilización afectó a los sectores mineros y del metal. La comisión de mineros de La Camocha tuvo un papel protagonista debido a su gran masa social, con unos 1600 trabajadores. El desenlace de esta movilización paso por la creación de una comisión de seis trabajadores que en asamblea reclamó una renegociación de salarios, libertad para los detenidos y la recuperación de la antigüedad al ser readmitidos. Esto dejaría un amplio margen de intervención de las comisiones en las negociaciones y un reconocimiento por parte del propio Gobierno y de algunas empresas.
El incumplimiento de las peticiones pactadas provocó el surgimiento de nuevas huelgas que serían respondidas, de nuevo, con una fuerte represión. Esto, lejos de lograr la desmovilización, provocó una mayor unión de los trabajadores y el afianzamiento de las comisiones obreras con la consolidación definitiva de La Camocha dentro del nuevo movimiento obrero en 1964 y la constitución de Comisiones Obreras y de la Comisión Provincial Minera en 1966. Todo ello fue sucedido del encarcelamiento de los principales miembros de la Comisión Provincial Minera y la ilegalización de Comisiones Obreras en enero de 1967.
En el tramo final de la dictadura se producen notables progresos en la implantación y estructuración organizativa de las Comisiones Obreras asturianas, así como un aumento en la capacidad de movilización que desembocaría en importantes huelgas tras la muerte del dictador. Así las cosas, en 1977 se produjo en La Camocha un paro que tuvo especial trascendencia pues logró acabar por primera vez en España con el Sindicato Vertical. En vísperas de su legalización en abril de ese año, las Comisiones Obreras de La Camocha, junto con la UGT, se convirtieron en los únicos representantes de los trabajadores.
Las movilizaciones producidas en La Camocha son un verdadero ejemplo de resistencia ante la dictadura y de lucha por la democracia. Esto es así porque no solo desafiaron las leyes que impedían la libre organización de los trabajadores, sino que, además, lograron asestar con éxito un duro golpe al Sindicato Vertical, una de las piedras angulares del franquismo.
Por lo expuesto anteriormente, y a la luz de los hechos, la Mina de la Camocha merece la condición de Lugar de Memoria Democrática en base al artículo 49 de la Ley 20/2022, de 19 de octubre, de Memoria Democrática, que señala que “Lugar de Memoria Democrática es aquel espacio, inmueble, paraje o patrimonio cultural inmaterial o intangible en el que se han desarrollado hechos de singular relevancia por su significación histórica, simbólica o por su repercusión en la memoria colectiva, vinculados a la memoria democrática, la lucha de la ciudadanía española por sus derechos y libertades, la memoria de las mujeres, así como con la represión y violencia sobre la población como consecuencia de la resistencia al golpe de Estado de julio de 1936, la Guerra, la Dictadura, el exilio y la lucha por la recuperación y profundización de los valores democráticos”, y que además guarda relación directa con el apartado b) del artículo 3 de la Ley de Memoria Democrática, que define como víctimas a “las personas que sufrieron privaciones de libertad o detenciones arbitrarias, torturas o malos tratos como consecuencia de la Guerra, la lucha sindical y actividades de oposición a la Dictadura